Las claves del Compliance para las empresas en España

Qué es el Compliance

En España existe una regulación que inició con fuerza hace varios años, en principio dedicada especialmente a normativas aplicables al sector financiero y farmacéutico. Desde la Ley Orgánica 5/2010 de la Reforma del Código Penal, que introdujo en España la responsabilidad penal de la persona jurídica, y posteriormente la reforma del pasado 1 de julio de 2015 junto a la nueva circular 1/2016 ha puesto de manifiesto la importancia de conocer conceptos clave como los siguientes:

  • Cultura de compliance
  • Función de compliance y su necesaria autonomía e independencia
  • Modelo de compliance y su necesaria documentación siendo clave la política de compliance
  • Formación y concienciación de los empleados
  • Valoración del riesgo y evaluación continua o monitorización del mismo

Cuáles son las normas de Compliance en España

Norma ISO 19600.

Las normas ISO son establecidas por el Organismo Internacional de Estandarización (ISO) y se componen de estándares y guías relacionados con sistemas y herramientas específicas de gestión aplicables en cualquier tipo de organización. Su valor no se encuentra en la obligatoriedad de su cumplimiento, sino en el prestigio de la citada organización, por lo que dichas normas, pese a su carácter voluntario, gozan de un gran reconocimiento y aceptación internacional.

Las normas ISO se crearon con la finalidad de ofrecer orientación, coordinación, simplificación y unificación de criterios a las empresas y organizaciones

La norma ISO que regula la materia del Compliance es la ISO 19600, que fue publicada el pasado 2015 titulada "Sistemas de Gestión de Compliance". Esta norma quiere reforzar la creciente preocupación y grado de importancia que tiene el Compliance dentro de las empresas.

Norma UNE 19601

La Norma UNE 19601 titulada "Sistemas de gestión de Compliance penalRequisitos con orientación para su uso" es, como su título indica, los requisitos para implantar, en el ámbito español, un sistema de gestión Compliance elaborada con la participación y el consenso de destacados expertos representativos de la abogacía y de los diferentes grupos de interés del ámbito del Compliance penal. Esta norma es certificable por terceras sociedades.

Es el estándar nacional de España de mejores prácticas para prevenir delitos, reducir el riesgo, y fomentar una cultura empresarial ética y de cumplimiento con la Ley. 

La UNE 19601 desarrolla requisitos que responden a lo indicado por el Código Penal para los modelos de gestión y prevención de delitos pero también va más allá, incorporando las buenas prácticas en materia de Compliance, mundialmente aceptadas.

Entre los requisitos, la Norma establece que las organizaciones deben:

  • Identificar, analizar y evaluar los riesgos penales.
  • Disponer de recursos financieros, adecuados y suficientes para conseguir los objetivos del modelo.
  • Usar procedimientos para la puesta en conocimiento de las conductas potencialmente delictivas.
  • Adoptar acciones disciplinarias si se producen incumplimientos de los elementos del sistema de gestión.
  • Supervisar el sistema por parte del órgano de Compliance penal.
  • Crear una cultura en la que se integren la política y el sistema de gestión de Compliance.

 

Para qué sirve el Compliance

En una primera aproximación a lo que es compliance como concepto cabe decir que el riesgo de compliance es el riesgo de sufrir sanciones o daño reputacional por el incumplimiento del marco regulatorio (que incluye no sólo leyes sino políticas corporativas o Reglamento de conducta). Se trata, por tanto, de un riesgo de calado al que, junto a otro tipo de riesgos, se enfrentan las empresas de cualquier sector al llevar a cabo de actividad de negocio.

El compliance resulta clave también en el ámbito de la gobernanza, de la empresa, buen gobierno o gobierno corporativo.

El Gobierno Corporativo en España es una materia que además de ser abordada desde “Códigos e informes comprensivos de recomendaciones” ha pasado a ser parte integrante de nuestro ordenamiento jurídico.

En este sentido, las empresas tienen que atender a dos tipos de obligaciones:

Obligado cumplimiento. Que son la Ley y su regulación, los mandatos judiciales y, en definitiva, las erigidas por los poderes públicos. 

Cumplimiento voluntario. En esta categoría se encuentran los códigos sectoriales o de buenas prácticas a los que la asociación se haya adherido o, en su caso, a su propio Código Ético o de Conducta. También en esta categoría las políticas internas de la sociedad.

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